Ayudas para placas solares en Madrid: bonificación del IBI del 50% durante 5 años

11/03/24 | ENERGÍA

El Ayuntamiento de Madrid bonifica el IBI a la mitad durante 5 años si instalas autoconsumo, gracias a lo cual se recupera hasta el 95% del coste total de la inversión.

Desde enero de 2024, el Ayuntamiento de Madrid bonificará durante cinco años la mitad de la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), tributo municipal, con el único límite de que el ahorro agregado durante ese lustro no supere el porcentaje citado.

Madrid, como tantos otros municipios de toda España incentiva desde hace tiempo el aprovechamiento solar con fotovoltaica por esta vía, pero hasta ahora el periodo bonificado era de tres años. No varía el porcentaje, que sigue siendo el 50% de la cuota, el máximo que permite la normativa; tampoco el importe máximo, el 95% del coste total de la inversión, vigente desde la ordenanza de 2021.

La otra modificación es más bien un recordatorio explícito: por primera vez, el Ayuntamiento madrileño indica literalmente que los potenciales beneficiarios de estas ayudas no son sólo los propietarios de un inmueble residencial, vivienda unifamiliar o piso en altura, sino que a ellas se pueden apuntar también los dueños de locales comerciales, individuales o en régimen de división horizontal, y las empresas e industrias. En Ecooo, por ejemplo, hemos detectado que este extremo, sobre el que hasta ahora había dudas, ha fomentado el interés de los propietarios empresariales.

Cómo funcionan las ayudas autoconsumo fotovoltaico en el Ayuntamiento de Madrid

Es requisito imprescindible que la ayuda se solicite en el mismo periodo impositivo en el que el proyecto se haya registrado en el organismo correspondiente y con anterioridad a la finalización de la instalación. Deberá rellenarse e incorporarse un formulario tipo de declaración responsable firmado por un técnico competente.

Para el caso de una comunidad con división horizontal, la bonificación sólo la podrán aplicar los que hayan participado en la instalación compartida del sistema de aprovechamiento de energía solar. La solicitud la presentará el presidente de la Comunidad de Propietarios, que deberá adjuntar la relación de los partícipes en el proyecto y las cantidades repercutidas a cada uno de ellos.

    Las tres ayudas al autoconsumo

    La reducción sustancial de la factura del IBI no es la única medida para animar la implantación de energía solar fotovoltaica inmobiliaria para autoconsumo, tanto individual como colectivo. Éstas son las otras tres:

    • Subvención directa: con financiación en origen del plan de resiliencia y recuperación europeo y gestionada por las comunidades autónomas. Es llamativo el atractivo que para muchos tienen las subvenciones, al suponer que el abono en cuenta de las mismas es, si no inmediato, sí bastante rápido, sin embargo, años después de instaurarse, un porcentaje muy significativo de los solicitantes de esta ayuda (y de otras sobre la transición energética) aún siguen esperando o han tenido que hacerlo una media de dos años; lo que, por pura lógica, perjudica en mayor medida a los que llegan más justos a final de mes.

    A modo de ejemplo, sólo en la Comunidad de Madrid los solicitantes de este programa de ayudas han ascendido a 77.046, por un importe total de 403 millones de euros. A 31 de diciembre pasado, fecha en la que las subvenciones dejaron de concederse, permanecían en lista de espera 27.634 y más de 124 millones sin repartir.

    Los cuellos de botella burocráticos fueron, precisamente, la excusa de la mayoría de las regiones gobernadas por el PP, solo o en compañía de Vox, para amagar con rechazar la recepción y posterior reparto de las cantidades que les correspondían. Afortunadamente para los ciudadanos de esas regiones, todo quedó en un susto.

    Vista la experiencia, quienes aún esperan cobrar la subvención verán con menor reticencia la bonificación en la cuota del IBI, ya que esta última fórmula empieza a percibirse al año siguiente de la solicitud frente a los dos años de espera de media de las subvenciones.

    • Deducciones en el IRPF: Este mecanismo, no directamente relacionado con las instalaciones fotovoltaicas en las casas, da derecho a restar de la base imponible hasta el 40% de los costes asociados a las mejoras en eficiencia energética realizadas en las viviendas cuando el consumo de energía primaria (calefacción, climatización y agua caliente sanitaria) se reduzca en un mínimo del 30% o la certificación energética del inmueble suba a la calificación B o A.
    • El propio autoconsumo: esta ayuda procede del propio abaratamiento del recibo de la luz derivado de instalar fotovoltaica y convertirte en prosumidor. Esto, unido a la recuperación del 95% de la inversión vía IBI y, en su caso, vía las deducciones en el Impuesto sobre la Renta, adelanta la amortización de la inversión en autoconsumo, que de media era de siete a ocho años en condiciones normales; esto es, sin el efecto de los repuntes del precio de la electricidad provocados por las últimas crisis.

    Regresividad fiscal

    Sin dejar de reconocer el carácter incentivador del autoconsumo de la rebaja del impuesto municipal madrileño, se echa en falta un elemento corrector que reduzca su regresividad fiscal o, expresado de otra forma, tenga un cierto impacto redistributivo. El IBI se calcula como porcentaje del valor catastral del inmueble, y eso implica que a mayor valor (mejor casa o local), mayor será la cuantía bonificable.

    Esta disfunción no es exclusiva de las ayudas a las instalaciones de autoconsumo, sino que también se ha observado en las dirigidas al coche eléctrico, a la rehabilitación energética de viviendas y, en general, a cualquier iniciativa pública que reduzca linealmente un impuesto u otorgue una subvención o ayuda sin graduar en función de la diversa situación socioeconómica de los beneficiarios. Dicho de otra forma, mientras las familias con menores ingresos tienen más difícil plantearse la compra de un vehículo eléctrico, pese a los programas de incentivos, muchos de los más acomodados lo habrían adquirido aun sin la existencia de aquellos.

    Como colofón de esta línea argumentativa, el consejero delegado de Renault y presidente de la Asociación Europea de Fabricantes de Automóviles, Luca de Meo, afirmó recientemente que “el coste de la transición al vehículo eléctrico la tiene que pagar el usuario que tiene pasta”, es decir, “los ricos”.

    Volviendo al IBI para inversiones en autoconsumo fotovoltaico, su carencia redistributiva se puede entender mejor si se echa un vistazo al diseño de otro municipio madrileño: en Rivas-Vaciamadrid, la cuota bonificada va del 20% al 50% en tres tramo en función del valor catastral del inmueble, siendo la mayor exención porcentual la aplicada a los inmuebles de menos valor y viceversa. Eso sí, la vigencia de la reducción es de tres años.

    Más allá de todas las ayudas, instalar autoconsumo fotovoltaico es rentable en sí mismo, gracias a los ahorros que se producen por producir y consumir energía propia. Si además, las administraciones ayudan con rebajas de tasas, impuestos o ayudas directas, mucho más.