INVERSIONES A LARGO Y A CORTO PLAZO
Elige el tipo de inversión que más te guste
Haz crecer tus ahorros de forma segura con una inversión ética y sostenible. Usa tu dinero con cabeza y corazón.
Corto Plazo
Largo Plazo
Cuantía mínima de la inversión
Desde 1.000 euros
Desde 100 euros
Duración de la inversión
Entre 2 y 10 años
La vida útil de la planta (entre 14 y 21 años aproximadamente)
Rentabilidad de la inversión
Entre 2 y 5 años 2,3% TIR antes de impuestos. 2% TIR después de impuestos
Entre 5 y 10 años 3,3% TIR antes de impuestos. 3% TIR después de impuestos
En torno a 5,3% TIR antes de impuestos o 4,5% TIR después de impuestos
¿Cada cuánto recibes ingresos?
Trimestralmente
Si inviertes menos de 1.000 euros, anualmente
Si inviertes 1.000 euros o más, trimestralmente
Información relevante sobre las inversiones en renovables de Ecooo
Nuestras plantas
Todas las plantas fotovoltaicas de Ecooo están inscritas en los Registros de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica en Régimen Especial de las comunidades autónomas (RAIPRE). No externalizamos el mantenimiento de nuestras plantas porque tenemos un equipo especializado que se encarga de ello, monitorizando la producción de las instalaciones de manera constante. Preferimos plantas sobre cubierta, porque creemos que el suelo debe estar destinado a fomentar la biodiversidad y la agricultura. Queremos cuidar del paisaje. No obstante, no siempre lo conseguimos. El 87% de nuestras plantas de producción eléctrica están sobre tejado.
El contrato
El contrato que firmas con Ecooo es de cuentas en participación. Este tipo de contrato consiste en que un particular invierte dinero en un negocio concreto. En este tipo de contrato, el propietario o partícipe-gestor (Ecooo) es el responsable de gestionar el negocio. Los particulares que invierten se denominan cuentapartícipes y sólo aportan capital. A cambio les corresponde la parte proporcional de los beneficios del negocio, en función de su participación.
No es por tanto, una inversión financiera y no necesita el aval de la CNMV, sino que es una inversión en economía real, de plantas que ya existen y que ya generan energía.
La rentabilidad
Al estar nuestras plantas inscritas en el RAIPRE tienen reconocida una rentabilidad razonable durante 30 años desde su puesta en marcha. La rentabilidad razonable está definida en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio y es del 7,398%. Los ingresos de nuestras plantas proceden de la venta de la electricidad en el mercado y de los complementos económicos definidos en dicho Real Decreto (primas), y que se ajustan cada tres años para compensar la evolución del precio de la electricidad en el mercado. De esta formta, tanto si el precio de la electricidad sube como si baja, nuestros ingrsesos se mantienen prácticamente iguales.
Calculamos la rentabilidad usando la TIR (tasa interna de retorno) que es el indicador convencional para comparar inversiones. Con al TIR no solo se tiene en cuenta el dinero recibido, sino también el momento que se recibe. Cuanto antes se cobra, mayor es la rentabilidad.
El riesgo
El riesgo de la inversión en renovables de Ecooo es muy bajo. Para explicarlo, necesitamos hacer un poco de historia:
En el año 2007, España fue uno de los países que más promocionó las renovables. El Gobierno garantizó el cobro de una retribución complementaria (primas) durante toda la vida útil de la planta y, ante la generosidad de las primas, se produjo un auténtico boom de instalaciones.
A partir de 2010 se encadenaron reales decretos para reducir los beneficios de dichas plantas, que eran demasiado elevados y los pagaban los y las consumidoras. Las personas que habían invertido se vieron gravemente perjudicadas y muchas empresas quebraron. La litigiosidad se disparó, pero el Tribunal Supremo acabó dando la razón al gobierno en cada recorte, alegando que los cambios legales no vulneraban el principio de seguridad jurídica, pues las plantas seguían disfrutando de una rentabilidad razonable.
En el año 2014 se aprobó el régimen retributivo que aún está en vigor y que supuso un nuevo recorte, pero a cambio de aumentar hasta los 30 años la vigencia de las primas. Este nuevo Real Decreto se construyó jurídicamente sobre el concepto de rentabildad razonable. Por tanto, cualquier recorte adicional, se toparía con la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo. El riesgo es, por tanto mínimo.
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