Cómo adaptar nuestro autoconsumo a la nueva normativa

20/03/16 | ENERGÍA

Por Juan José del Valle @kaidelvalle
Hace poco tiempo, el 9 de Octubre de 2015, se aprobó una nueva normativa de autoconsumo (RD 900/2015) que fijaba nuevos requisitos técnicos y legales al autoconsumo. Todos los autoconsumidores, tanto los nuevos como los antiguos, se debían adaptar. Los nuevos autoconsumidores que montaron su instalación a partir del 9 de Octubre de 2015 han podido realizar su instalación ya en las nuevas condiciones, como por ejemplo, SEO/Birdlife que en apenas 4 meses ha instalado y legalizado su instalación tal como nos cuenta la historia del autoconsumo de SEO/Birdlife.
 
A los autoconsumidores antiguos, los de antes del 9 de Octubre de 2015, tanto los que estaban correctamente legalizados como los que no, se les concedió un plazo de 6 meses realizar una adaptación técnica y legal de su instalación. El plazo vence el próximo 9 de Abril y parece que de momento poca gente se está adaptando.
Las elecciones del pasado 20 de Diciembre, aconsejaban esperar a la adaptación, pues todos los partidos políticos salvo el Partido Popular estaban por la labor de derogar la normativa actual y sustituirla por otra más fácil, sencilla y atractiva. Sin embargo el Partido Popular sigue gobernando hoy y es probable que unas nuevas elecciones demoren meses la llegada de un gobierno que sí apueste por las energías renovables o peor aún, que lo que llegue sea una gran coalición en la que participe el Partido Popular. En estos meses hemos podido conocer de cerca cuáles son las propuestas de autoconsumo de PSOE, PODEMOS, IU y CIUDADANOS y leer el acuerdo que firmaron de medidas urgentes de fomento del autoconsumo. La buena noticia es que todo apunta a que un nuevo gobierno del cambio traerá consigo el balance neto y recompensará a los autoconsumidores sus excedentes, aumentando el ahorro y los incentivos a generar energía limpia. La mala noticia es que el acuerdo firmado tiene diversas carencias técnicas e incluso de concepto que motivarán sin ninguna duda su modificación cuando pase por las manos de los técnicos de Industria, las empresas distribuidoras, los instaladores y los expertos del sector eléctrico. Estos partidos se han olvidado o han decidido no incluir cosas importantes que afectan a los pequeños autoconsumidores:

  1. Establecer en el nuevo decreto de autoconsumo que los autoconsumidores antiguos no se tengan que adaptar a la nueva normativa. Desde el año 2011 el autoconsumo era legal y mucha gente se puso instalaciones en base al RD1699/2011 y a la ITC-BT-40 del REBT. Cuando se aprobó el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en el año 2003, no se obligó a todas las las viviendas a adaptarse a la nueva norma, sólo a las nuevas o a las que realizaran modificaciones significativas. Lo mismo debería aplicar al autoconsumo, ésto es algo de sentido común.
  2. Eliminar cualquier referencia los kits de inyección cero. Resulta descorazonador que se promuevan los kits de inyección cero que cuestan más de 600€. Resulta antiecológico que pudiendo generar energía gratuita del sol, se ponga un limitador para no compartir excedentes. Y que a la gente que quiera regalar sus excedentes y no gastarse los 600€, se le exija la complicación administrativa de ser Tipo 2. Además no supone tampoco ninguna simplificación en la legalización, pues por suerte las empresas distribuidoras son cada vez más eficientes y en los últimos meses han ido eliminando muchas de las trabas. Hemos visto una evolución positiva por la que cabe felicitar a los trabajadores de Iberdrola Distribución, Unión Fenosa Distribución y ENDESA Distribución. De 10 meses que se tardaba en legalizar una instalación hace 2 años, ahora se tardan 4 meses y bajando.

Salvo que los nuevos partidos se pongan las pilas e incorporen todo lo anterior, nos da la impresión de que un nuevo real decreto de autoconsumo requeriría también la adaptación técnica y legal y por ello consideramos recomendable a aquellos autoconsumidores que se lo puedan permitir y quieran vivir tranquilos, adaptar su instalación a la nueva normativa. La adaptación es más o menos sencilla dependiendo del tipo de instalación de autoconsumo que tenga el usuario.
Cabe recordar, ante los falsos rumores, que si la potencia contratada en la factura de la luz es de menos de 10kW, esta adaptación no supone pagar ningún tipo de «impuesto al sol». El impuesto al sol no existe para los hogares, sólo para suministros mayores a 10kW que suelen ser empresas, oficinas, comunidades de vecinos.
Si generas actualmente energía renovable para autoconsumo, elige a continuación el caso en el que te encuentras y verás los pasos que te aconsejamos dar:

  • Caso 0: Tengo una instalación de autoconsumo aislada de la red
  • Caso 1: Tengo una instalación de autoconsumo conectada a red que no está legalizada
  • Caso 2: Tengo una instalación de autoconsumo conectada a red legalizada con el RD1699/2011
  • Caso 3: Tengo una instalación de autoconsumo conectada a red con un kit de inyección cero legalizada con el REBT
  • Caso 4: Tengo una instalación de autoconsumo conectada a red con baterías y legalizada como instalación asistida según el REBT
  • Caso 5: Me encontraba legalizando o a punto de construir una instalación para autoconsumo  conectada a red

 
Caso 0: Tengo una instalación de autoconsumo aislada de la red. No te preocupes pues este real decreto no te afecta directamente, es sólo de aplicación para las instalaciones conectadas a la red. Como no estás conectado a la red eléctrica tu instalación no supone una amenaza para las compañías eléctricas y por tanto no hay ningún peligro a la vista, ni peaje al sol ni nada que se le parezca.


 

Caso 1: Tengo una instalación de autoconsumo conectada a red que no está legalizada
Puede que no la legalizaras por voluntad propia o bien porque tu instalador no te informó correctamente. Sea como sea el nuevo real decreto lo considera una infracción muy grave. Además como hemos explicado, la llegada de un nuevo Gobierno no parece que vaya a librarte de cumplir ciertos requisitos técnicos y legales. Deberías contactar con una empresa instaladora con experiencia en autoconsumo  y ellos se encargarán de todos los trámites y de la adaptación técnica. La adaptación técnica consistirá en la conexión de la instalación en el punto frontera, un contador de generación y las protecciones y cableado acorde a la normativa. Los trámites incluyen la solicitud del punto de conexión, el certificado de la instalación, el contrato con la empresa distribuidora y el registro de la instalación en el Registro de Autoconsumo. El coste de equipamiento, instalación y legalización puede rondar los 1.000€ para una instalación pequeña de 3kW, dependiendo del tamaño de la vivienda, lo lejos que esté el sistema fotovoltaico del cuadro de medida, las tasas de la compañía eléctrica, las protecciones a instalar y otros factores. Si prefieres esperar a la llegada de un nuevo Gobierno y de un nuevo real decreto de autoconsumo, lo que tienes que valorar es que durante un tiempo estarías en una situación irregular. En una reciente jornada de UNEF, representantes de Industria recomendaron adaptarse a la normativa y plantearon la posibilidad de posibles sanciones a posteriori de no entrar en plazo pero también de prorrogas teniendo en cuenta que sólo hay 6 instalaciones inscritas actualmente. Es improbable que haya alguna inspección porque hay cosas más importantes a inspeccionar que un pequeño grupo de 1.000 instalaciones de autoconsumo. Pero si quieres vivir tranquilo, la adaptación de la instalación te serviría ahora y también con el nuevo real decreto de autoconsumo que llegue.

Caso 2: Tengo una instalación de autoconsumo conectada a red legalizada con el RD1699/2011
Si tu instalación ya se encuentra registrada en Industria, entonces el nuevo real decreto lo que te supone es realizar unas modificaciones en la instalación y una serie de nuevos trámites. Deberías contactar con una empresa instaladora con experiencia en autoconsumo y ellos se encargarán de todos los trámites y de la adaptación técnica. La adaptación técnica consistirá en la conexión de la instalación en el punto frontera, un contador de generación y las protecciones y cableado acorde a la normativa. Los trámites incluyen el certificado de la instalación, el contrato con la empresa distribuidora y el registro de la instalación en el Registro de Autoconsumo. El coste de equipamiento, instalación y legalización puede rondar los 1.000€ para una instalación pequeña de 3kW, dependiendo del tamaño de la vivienda, lo lejos que esté el sistema fotovoltaico del cuadro de medida, las tasas de la compañía eléctrica, las protecciones a instalar y otros factores. Si prefieres esperar a la llegada de un nuevo Gobierno y de un nuevo real decreto de autoconsumo, lo que tienes que valorar es que durante un tiempo estarías en una situación irregular. En una reciente jornada de UNEF, representantes de Industria recomendaron adaptarse a la normativa y plantearon la posibilidad de posibles sanciones a posteriori de no entrar en plazo pero también de prorrogas teniendo en cuenta que sólo hay 6 instalaciones inscritas actualmente. Es improbable que haya alguna inspección porque hay cosas más importantes a inspeccionar que un pequeño grupo de 1.000 instalaciones de autoconsumo. Pero si quieres vivir tranquilo, la adaptación de la instalación te serviría ahora y también con el nuevo real decreto de autoconsumo que llegue.

Caso 3: Tengo una instalación de autoconsumo conectada a red con un kit de inyección cero legalizada con el REBT 
Te decantaste por una instalación con un kit de inyección cero porque la tramitación era más rápida, ya que algunas comunidades autónomas eran conscientes de lo lento que era el proceso por culpa de las compañias distribuidoras. Deberías contactar con una empresa instaladora con experiencia en autoconsumo  y ellos se encargarán de todos los trámites y de la adaptación técnica. La adaptación técnica consistirá en la conexión de la instalación en el punto frontera, un contador de generación y las protecciones y cableado acorde a la normativa. Los trámites incluyen la solicitud del punto de conexión, el certificado de la instalación, el contrato con la empresa distribuidora y el registro de la instalación en el Registro de Autoconsumo. El coste de equipamiento, instalación y legalización puede rondar los 1.000€ para una instalación pequeña de 3kW, dependiendo del tamaño de la vivienda, lo lejos que esté el sistema fotovoltaico del cuadro de medida, las tasas de la compañía eléctrica, las protecciones a instalar y otros factores. El kit de inyección cero ya no te sirve de mucho, simplemente te ahorrarás una tasa de acometida de unos 60€. Si prefieres esperar a la llegada de un nuevo Gobierno y de un nuevo real decreto de autoconsumo, lo que tienes que valorar es que durante un tiempo estarías en una situación irregular. En una reciente jornada de UNEF, representantes de Industria recomendaron adaptarse a la normativa y plantearon la posibilidad de posibles sanciones a posteriori de no entrar en plazo pero también de prorrogas teniendo en cuenta que sólo hay 6 instalaciones inscritas actualmente. Es improbable que haya alguna inspección porque hay cosas más importantes a inspeccionar que un pequeño grupo de 1.000 instalaciones de autoconsumo. Pero si quieres vivir tranquilo, la adaptación de la instalación te serviría ahora y también con el nuevo real decreto de autoconsumo que llegue.

Caso 4: Tengo una instalación de autoconsumo conectada a red con baterías y legalizada como instalación asistida según el REBT
Tu instalación utiliza baterías para almacenar los excedentes y así logras un ahorro en la factura de más del 60%. En su día la legalizaste mediante el Reglamento de Baja Tensión como una instalación asistida. Deberías contactar con una empresa instaladora con experiencia en autoconsumo  y ellos se encargarán de todos los trámites y de la adaptación técnica. La adaptación técnica consistirá en la conexión de la instalación en el punto frontera, un contador de generación y las protecciones y cableado acorde a la normativa. Los trámites incluyen la solicitud del punto de conexión, el certificado de la instalación, el contrato con la empresa distribuidora y el registro de la instalación en el Registro de Autoconsumo. El coste de equipamiento, instalación y legalización puede rondar los 1.000€ para una instalación pequeña de 3kW, dependiendo del tamaño de la vivienda, lo lejos que esté el sistema fotovoltaico del cuadro de medida, las tasas de la compañía eléctrica, las protecciones a instalar y otros factores. El seccionador o el kit de inyección cero ya no te sirve de mucho, simplemente te ahorrarás una tasa de acometida de unos 60€. Si prefieres esperar a la llegada de un nuevo Gobierno y de un nuevo real decreto de autoconsumo, lo que tienes que valorar es que durante un tiempo estarías en una situación irregular.En una reciente jornada de UNEF, representantes de Industria recomendaron adaptarse a la normativa y plantearon la posibilidad de posibles sanciones a posteriori de no entrar en plazo pero también de prorrogas teniendo en cuenta que sólo hay 6 instalaciones inscritas actualmente. Es improbable que haya alguna inspección porque hay cosas más importantes a inspeccionar que un pequeño grupo de 1.000 instalaciones de autoconsumo. Pero si quieres vivir tranquilo, la adaptación de la instalación te serviría ahora y también con el nuevo real decreto de autoconsumo que llegue.

Caso 5: Me encontraba legalizando o a punto de construir una instalación para autoconsumo  conectada a red
Ya fueras a acogerte al RD1699/2011 o bien al REBT instalando un kit de inyección cero, para seguir con la tramitación de la instalación deberías legalizarla conforme al nuevo real decreto de autoconsumo. Deberías contactar con una empresa instaladora con experiencia en autoconsumo y ellos se encargarán de todos los trámites y de la adaptación técnica. La adaptación técnica consistirá en la conexión de la instalación en el punto frontera, un contador de generación y las protecciones y cableado acorde a la normativa. Los trámites incluyen el certificado de la instalación, el contrato con la empresa distribuidora y el registro de la instalación en el Registro de Autoconsumo. El coste de equipamiento, instalación y legalización puede rondar los 1.000€ para una instalación pequeña de 3kW, dependiendo del tamaño de la vivienda, lo lejos que esté el sistema fotovoltaico del cuadro de medida, las tasas de la compañía eléctrica, las protecciones a instalar y otros factores. En tu caso conviene no esperar al nuevo Gobierno y rematar la instalación acorde a la nueva normativa.